Neuquén
Diputados neuquinos buscan garantizar la perspectiva de género en la Justicia
Los legisladores presentaron proyectos con acciones tendientes a garantizar el mecanismo en la Justicia.Diputados neuquinos de distintos partidos políticos presentaron diferentes proyectos de ley cuyo objetivo es garantizar la implementación de la perspectiva de género en la Justicia.
En concreto, se elevaron dos proyectos que plantean incluir como “causal de recusación”, en el Código Procesal Penal y en el Civil y Comercial, las manifestaciones de la Justicia o por fuera del poder judicial contrarias a la perspectiva de género o que posean discursos de odio o discriminatorios.
Una de las iniciativas propone incorporar el planteo sobre la Justicia como inciso 11 del artículo 17 de la ley 912 del Código Procesal Civil y Comercial de la provincia, mientras el otro pide incorporarlo a través del artículo 42 bis en la ley 2784 del Código Procesal Penal de Neuquén.
Los proyectos son impulsados por Carlos Coggiola (Partido Demócrata Cristiano), Ayelén Gutiérrez, Soledad Martínez y Soledad Salaburu (las tres del FdT), Leticia Esteves (Juntos por el Cambio) y Karina Montecinos (CC-ARI).
Fundamentos
En sus fundamentos, los diputados neuquinos sostienen que “la falta de perspectiva de género en el ámbito judicial vulnera el derecho de acceso a la Justicia en condiciones de igualdad de mujeres y diversidades, como Derecho Humano fundamental”.
Los legisladores consideran que, en el marco normativo interno y externo, se vuelve necesario adecuar la garantía del juez o jueza imparcial para todas las personas, como así también se torna imprescindible guiar los procesos y el juzgamiento con perspectiva de género para garantizar la igualdad ante la ley.
Por último, los ediles sostienen que el derecho a ser juzgados o juzgadas con perspectiva de género y sin discriminación “es uno de los principios que sustentan el derecho al debido proceso”.
Ambos proyectos podrían enmarcarse o complementarse, a su vez, con la Ley Micaela -promulgada en 2019- que establece “la capacitación obligatoria en género y violencia de género para todas las personas que se desempeñan en la función pública, en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación”.