VILLA LA ANGOSTURA

La ocupación mapuche del Correntoso está cerca de tener una sentencia

La municipalidad presentó una demanda judicial en 2013.
viernes, 7 de octubre de 2022 · 08:40

Los jueces del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén están a punto de dictar sentencia sobre la causa por ocupación que la comunidad mapuche Paicil Antriao realiza sobre el camping del lago Correntoso, en Villa La Angostura. La demanda fue iniciada por el municipio para restituirlo. 

A esta instancia final se llega tras la presentación de los alegatos de todas las partes. Así lo informaron fuentes judiciales al medio local "La Angostura Digital".

Lago Correntoso. Fuente: archivo.

En resoluciones anteriores, la Sala I de la Cámara Provincial de Apelaciones había revocado la decisión del juez de primera instancia que ordenaba la restitución del predio al municipio por parte de la comunidad mapuche.

Sin embargo, esto quedó sin efecto cuando los jueces del TSJ Roberto Busamia y Evaldo Moya hicieron lugar a los recursos presentados por la municipalidad de Villa La Angostura y la Fiscalía de Estado de la Provincia en contra de la definición de la Sala I.

El municipio inició la demanda. Fuente: archivo.

Otro de los rechazos fue a la suspensión del juicio hasta tener los resultados correspondientes al relevamiento de la comunidad mapuche Paicil Antriao, algo que prevé la ley 26160.

La parte querellante entiende que se trató de una definición arbitraria y una errónea interpretación de la legislación de las comunidades indígenas.

La comunidad Paicil Antriao. Fuente: Facebook.

El representante legal del Lof Paicil Antriao, Luis Virgilio, solicitó al Tribunal Superior de Justicia que no hiciera lugar a los recursos presentados por el ejecutivo local y afirma que hay presencia histórica en el lugar.

 

La demanda que presentó la Municipalidad

En 2013, el municipio de Villa La Angostura realizó una presentación judicial en lo civil contra integrantes de la comunidad mapuche que se encuentra instalada en el camping del lago desde 2011.  A partir de allí, la demanda pasó al TSJ luego de la apelación a la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial.