Villa La Angostura

Confirman la pena a un abogado que fue condenado por una defraudación superior a los 79 mil dólares

El profesional fue declarado culpable del delito de defraudación por retención indebida. La pena impuesta es de prisión condicional e inhabilitación para ejercer su matrícula durante un año.
martes, 20 de diciembre de 2022 · 02:20

Un Tribunal de Impugnación confirmó la pena impuesta a un abogado condenado por una defraudación que supera los 79 mil dólares en Villa La Angostura. La solicitud fue efectuada por el fiscal jefe, Fernando Fuentes.

Por unanimidad, el tribunal confirmó la pena para el matriculado Alejo Fabián Sosa, quien fue encontrado responsable penal del delito de “defraudación por retención indebida” en la ciudad de Villa La Angostura.

El fiscal jefe. Fuente: (MPF).

La pena estipula un año de prisión condicional y la inhabilitación para ejercer la profesión de abogado por el mismo periodo. La decisión se tomó a mediados de 2022 por medio de un juicio en un tribunal unipersonal.

La acusación fue realizada por el fiscal de caso, Adrián De Lillo, quien indicó que Sosa había estafado a dos abogados por un total de 79.992 dólares.

Adrián De Lillo. Fuente: (Fuera del Expediente).

Los tres matriculados habían llegado a un acuerdo, por un caso ocurrido en 2005 en Villa La Angostura, tras el que se repartirían los honorarios de forma igualitaria. A mediados de diciembre de 2018, Sosa cobró 120 mil dólares en San Martín de los Andes y retuvo indebidamente la parte correspondiente a sus colegas.

El defensor del abogado acusado impugnó la resolución luego de la sentencia e imposición de la pena. El fiscal Fuentes aseguró que la defensa no expuso agravios por escrito sobre la pena y solicitó que sea desestimada la impugnación. “El acuerdo existía, fue reconocido por el imputado”, afirmó.

Alejo Fabián Sosa. Fuente: (Facebook).

Por su parte, el tribunal señaló que corresponde confirmar las sentencias de responsabilidad y pena porque los agravios "aparecen como una opinión discrepante" y —de ningún modo— "fulmina la coherencia de la motivación en la que se sostuvo el fallo”.