POLÍTICA

Una colectora de Rolando Figueroa obtuvo la personería política definitiva

Se trata de Avanzar Neuquén, liderado por el diputado provincial Lucas Castelli.
miércoles, 1 de marzo de 2023 · 10:31

El Juzgado Federal de Neuquén otorgó la personería jurídico política definitiva al partido “Avanzar Neuquén” que encabeza el diputado provincial Lucas Castelli de cara a las elecciones del próximo 16 de abril, en las que llevará su lista de candidatos a legisladores y apoyará la candidatura a gobernador de Rolando Figueroa.

El texto resuelve “reconocer y otorgar la personería jurídico política en forma definitiva  como partido de Distrito a esta agrupación partidaria, con derecho exclusivo al uso del nombre “AVANZAR NEUQUÉN”, sin sigla alguna”. Al partido le habían aprobado la personería jurídico política de manera provisoria el pasado 27 de diciembre.

Resolución de la Justicia Electoral.

Asimismo, hace saber a la agrupación partidaria que, "conforme a lo dispuesto en la Acordada Extraordinaria N° 25/2011 de la Excma. Cámara Nacional Electoral, se le asigna el número CIENTO NOVENTA Y DOS (192) como identificación".

El Tribunal también resolvió “tener a la Carta Orgánica, ­documentos presentados con fecha 01/02/2023 por el apoderado en los archivos denominado “Carta orgánica modificada Parte 1” y Carta orgánica modificada Parte 2”, obrante a fs. 247/254 del legajo digital­, como adecuada a la Ley 23.298, sus modificatorias y a las leyes 26.215, 26.571 y 27.412”.

El partido es liderado por Lucas Castelli. Fuente: (Twitter)

Previamente el documento da fe del cumplimiento de los requisitos exigidos por ley para otorgar la personería político jurídica definitiva, a saber: “a) la afiliación de un número de electores no inferior al cuatro por mil (4%) del total de los inscriptos en el registro de electores del distrito, dentro de los ciento cincuenta (150) días a contar de la fecha en que quede firme la resolución de reconocimiento provisorio; b) dentro de los ciento ochenta (180) días de quedar firme la referida resolución, haber realizado las elecciones internas para constituir las autoridades definitivas del partido; y c) dentro de los sesenta (60) días de obtenido el reconocimiento provisorio, haber presentado los libros a que se refiere el artículo 37, a los fines de su rúbrica”.

En su parte final, la resolución ordena el registro, la notificación y la comunicación de la resolución a la Cámara Nacional Electoral —vía DEO—­ y a la Dirección Nacional Electoral —vía DEOX­— “y por Secretaría tómese nota en la página web del fuero”.