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Elecciones 2023: los partidos tienen la obligación de quitar las publicidades
Por si no estaba claro el artículo 136 del Código Electoral Provincial, la jueza Bozzano lo recordó mediante un comunicado.La Jueza Electoral Provincial notificó a los partidos para que remuevan las publicidades en medios electrónicos, ya que recordó que desde el viernes rige para las elecciones.
En las últimas horas, la Jueza Alejandra Bozzano remitió un comunicado a aquellos que participan de las elecciones. En el escrito les recordó a los partidos que deben sacar las publicidades en medios electrónicos.
Les recordó la vigencia del artículo 136 del CEP que establece las normas sobre la propaganda electoral. Este tipo de publicidad a través de telefonía fija o móvil, correos electrónicos, redes sociales, videos y herramientas web que realicen las agrupaciones políticas deben ajustarse a los plazos, formas y contenidos establecidos en la ley para el resto de las publicidades proselitistas. Por lo tanto, encontrándose en vigencia la veda electoral deberán remover todas las publicaciones electrónicas colocadas en esos medios".
Además, el artículo del Código Electoral Nacional dice que "se impondrá prisión de quince días a seis meses, a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizada las elecciones”.
En el comunicado, la jueza también recordó el artículo 63, que estipula que para ser fiscal o fiscal general se requiere ser elector hábil, estar inscripto en el Registro Electoral y tener domicilio dentro del radio municipal.