Neuquén
Fuentealba II: prisión condicional por 1 año y seis meses para los jefes policiales del operativo
Carlos Zalazar, Moisés y Adolfo Soto y Mario Rinzafri fueron condenados por abuso de autoridad y tendrán una inhabilitación de 3 años.Durante una audiencia de cesura, los cuatro jefes policiales responsables del operativo represivo que terminó con la muerte del docente Carlos Fuentealba obtuvieron una pena de 1 año y seis meses de prisión condicional y una inhabilitación de tres años.
Se trata de jefe de la Policía de ese entonces, Carlos Zalazar; el subjefe Moisés Soto; el superintendente de Seguridad, Alfredo Soto; y el jefe del operativo y director de Seguridad, Mario Rinzafri. Los efectivos fueron condenados por abuso de autoridad durante la violenta represión ejercida aquel 4 de abril de 2007, en el contexto de una protesta sindical. La causa que determinó las responsabilidades de las autoridades de la fuerza fue denominada como Fuentealba II.
Para Jorge Garrido, quien al momento del operativo detentaba un rango menor, la pena es de 1 año y 4 meses con inhabilitación especial de 2 años y 8 meses. En el caso de Benito Matus, fue condenado a 1 año y 4 meses de prisión condicional, más la inhabilitación especial de 6 meses para funciones policiales que impliquen la utilización de arma de fuego. Según los registros audiovisuales, Matus estaba vestido de civil y efectuó disparos con una escopeta en el momento en que había comenzado la represión y la posterior muerte de Carlos Fuentealba.
Además de las penas, el tribunal exigió el cumplimiento de reglas de conducta: no modificar el domicilio y presentarse cada 6 meses ante la Dirección de Población Judicializada. Ante un incumplimiento o ante la comisión de un nuevo delito, la condicionalidad se debe revocar.
“Con esta Audiencia, se finaliza el largo proceso de 16 años de búsqueda incansable de Justicia, que junto a Sandra (Rodríguez) hemos llevado adelante de manera ejemplar. Concretamos el juicio y llegamos a esta sentencia y las penas impuestas, casi las máximas en la escala prevista por la Ley Penal, son un límite a la utilización de la fuerza represiva para responder a los legítimos reclamos que expresa el conflicto social, que no es otra cosa que la disputa por la defensa de derechos y por un justa distribución de la riqueza”, expresó el comunicado del gremio docente ATEN.