ELECCIONES 2023

Elecciones PASO: qué pasa si este domingo no vas a votar

Es obligatorio ir a votar para las personas mayores de 18 años que están registradas en el padrón electoral. Si no se emitió el sufragio y no fue justificada la ausencia, el infractor deberá pagar una multa, no podrá trabajar en el Estado ni realizar trámites.
domingo, 13 de agosto de 2023 · 15:50

Este domingo, 13 de agosto, se celebrarán en todo el territorio nacional las elecciones Primarias Simultáneas y Obligatorias (PASO). En esta primera instancia electoral, se definirán las candidaturas que llegarán a competir en la elección general del 22 de octubre.

El voto es obligatorio para todas las personas. Sin embargo, quienes tengan entre 15 y 17 años, y no emiten su sufragio, integrarán el Registro Nacional de Infractores.

Entre 50 y 500 pesos es el costo de la multa por no ir a votar. Fuente: (Emiliano Ortiz)

Si una persona mayor de 18 años y menor de 70 no puede justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral porque no emitió su voto, le corresponde una multa económica y se lo incorporará en el Registro de Infractores al deber de votar.

Las personas que figuran como infractores en este registro no podrán ser designadas para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años, a partir de la elección. Además, quien no pague la multa, no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales, nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante el plazo de un año. El costo de la infracción varía entre los 50 y 500 pesos, según la cantidad de infracciones registradas. 

La justificación de no emisión del voto a más de 500 km del lugar se debe certificar en una comisaría. Fuente: (Twitter)

Para explicar la no emisión del voto el día de la elección, las personas entre 18 y 70 años tienen que justificar la ausencia ante la Secretaría Electoral del Juzgado Federal del distrito que corresponda, dentro de los 60 días posteriores a las elecciones.

La inasistencia a la mesa de votación se podrá justificar si, en el día de los comicios, el elector se encuentra a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tiene que votar y justifica ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.

Los infractores no podrán ingresar a la planta laboral estatal. Fuente: (Twitter)

También se puede argumentar enfermedad o imposibilidad de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.

Si la persona es parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas con el cumplimiento de funciones, está impedido de asistir a votar. Todos los electores que figuren en el padrón electoral podrán concurrir a votar si no votaron en las últimas elecciones.

Argentinos en el extranjero no podrán votar en las PASO

Las y los ciudadanos argentinos que están en otro país durante la fecha de las PASO no podrán votar. La legislación no prevé el voto en tránsito y solo se puede votar en la mesa en la que el elector está registrado.

Quienes viven en el extranjero, realizaron el cambio de domicilio y se encuentran en el Registro de Electores Residentes en el Exterior, solo podrán votar en la elección general, no en las PASO.