Camping Correntoso

La municipalidad de Villa La Angostura no quiere que la Corte Suprema revise el fallo por el camping Correntoso

Le solicitó al Tribunal Superior de Justicia, que rechace el Recurso Extraordinario Federal, presentado por la comunidad mapuche Paicil Antriao, para que la Corte Suprema revise el fallo que ordena devolver el camping al municipio.
domingo, 30 de junio de 2024 · 13:48

La municipalidad de Villa La Angostura, presentó un escrito al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén, para solicitarle que rechace el Recurso Extraordinario Federal, presentado por la comunidad mapuche Paicil Antriao, para que la Corte Suprema revise la sentencia que ordena a la Lof, “devolver al municipio, el camping Correntoso”.

En el escrito, el abogado Adolfo Burgenik, apoderado legal de la municipalidad, solicitó al TSJ, que confirme la sentencia dictada el 11 de abril, en la cual “desestimó la ocupación tradicional de la Lof Paicil Antriao, del camping Correntoso”. Además, recordó que el apoderado de la comunidad, Virgilio Sánchez, advirtió en el mismo recurso extraordinario, “que impugna la sentencia, por considerarla arbitraria”.

El TSJ de Neuquén deberá resolver sobre el pedido de la municipalidad. Fuente: (Facebook)

En la sentencia del 11 de abril, el TSJ de Neuquén, confirmó el fallo que dictó en su momento, el juez civil de primera instancia, Andrés Luchino, en diciembre de 2019, en el cual el magistrado, consideró ilegal la ocupación del camping Correntoso y ordenó a la comunidad y a los ocupantes, “a restituir el predio a la municipalidad de Villa La Angostura”. Ahora, el Tribunal Superior, dispondrá de algunas semanas para resolver si admite o desestima el recurso del municipio.

El abogado Burgenik, señaló en el escrito, que la comunidad mapuche demandada, más allá de requerir la aplicación de la ley 26.160, “no produjo pruebas que acrediten la existencia de una ocupación tradicional, que justifiquen la suspensión de los procesos” y que por el contrario, quedó “ampliamente demostrado por la prueba que aportó el municipio”, que en el predio funciona un camping, al cual los demandados ingresaron como adjudicatarios de una licitación pública.

La justicia de Neuquén ordenó a la comunidad mapuche, devolver el predio del camping. Fuente: (Infobae)

El apoderado del municipio, recordó que en el momento del loteo de la tierras, a los efectos de obtener un lucro por la venta, “el sr. Victoriano Antriao cedió a la Comisión de Fomento de Villa La Angostura, el terreno que hoy pretende la comunidad Paicil Antriao”. Además, indicó que al momento de la sanción de la ley de emergencia 26.160, en noviembre de 2006, la comunidad mapuche “no ocupaba en ningún modo, ni con título o de hecho, el predio en cuestión”.