IMPUESTO A LA GANANCIA
Judiciales presentaron amparos contra el ISSN para impedir descuentos por el impuesto a las ganancias
El sindicato sostiene que esta norma fue aprobada de manera irregular, violando los procedimientos legislativos establecidos por la Constitución Nacional, lo que la hace nula de pleno derecho.El Sindicato de Empleados Judiciales de Neuquén (SEJuN), en representación de los trabajadores judiciales activos y jubilados, presentó dos acciones de amparo para impedir descuentos por el Impuesto a las Ganancias que podrían afectar sus haberes.
Claudio Salazar, secretario general del SEJuN, informó que los amparos fueron ingresados en dos juzgados diferentes: el destinado a los jubilados recayó en el Juzgado de Familia N° 5, bajo la dirección de la jueza Dra. Adriana Maribel Saralegui; mientras que el de los trabajadores activos se sorteó en el Juzgado de Familia N° 6, a cargo de la Dra. Adriana Marta Luna.
En diálogo con “radio LU5”, Salazar explicó que la acción legal dirigida al Instituto de Seguridad Social de Neuquén (ISSN) tiene como objetivo evitar que se realicen descuentos del Impuesto a las Ganancias a los activos y jubilados judiciales. Argumentó que esta medida se basa en la inconstitucionalidad de la Ley 27.743.
El dirigente destacó que esta norma fue aprobada de manera irregular y violó los procedimientos legislativos establecidos por la Constitución Nacional, lo que la convierte en nula de pleno derecho. Además, agregó que el Senado había rechazado completamente el título de la ley que reinstauraba este impuesto, por lo que se impedía su tratamiento y aprobación por la Cámara de Diputados.
Desde el SEJuN denunciaron que la reinstauración del impuesto representa un retroceso en los derechos sociales y económicos de los trabajadores y jubilados, lo que viola el principio de progresividad establecido en tratados internacionales de derechos humanos. Este principio exige que los derechos laborales y sociales no solo se mantengan, sino que avancen, garantizando un umbral mínimo que no puede ser reducido.
Salazar también criticó que la retención del impuesto se base exclusivamente en el monto salarial, sin considerar factores como la composición del núcleo familiar o la situación de salud, lo que, a su juicio, infringe el principio de capacidad contributiva real.
Asimismo, recalcó que la ley en cuestión no fue sancionada conforme a los procedimientos constitucionales, lo que la convierte en ilegal. Según el principio de legalidad, los tributos solo pueden ser creados o modificados por ley, no por decretos ni reglamentaciones administrativas.