BUTA RANQUIL
Femicidio de Carina Barros: prisión perpetua con atenuantes para Maicol Tapia
La condena será revisable en 2044, algo poco usual para un delito de estas características. El tribunal apuesta a la resocialización del condenado, de 20 años de edad, escasa instrucción y sin antecedentes penales.En la audiencia de determinación de la pena desarrollada en Chos Malal, un tribunal condenó a prisión perpetua a Maicol Tapia, de 19 años, por el femicidio de la adolescente Carina Barros ocurrido en Buta Ranquil en octubre de 2023. Por algunas particularidades del femicida, el tribunal aceptó que la sentencia sea revisada en 2044 a pedido de la defensa al invocar un principio de humanidad y de esperanza del condenado y de lograr su resocialización.
El tribunal que determinó la condena estuvo integrado por Leticia Lorenzo, Diego Chavarría Ruiz y Eduardo Egea. Los jueces impusieron la única pena posible determinada para este tipo de delitos: la prisión perpetua que, en la gran mayoría de los casos, no admite atenuantes ni beneficios anticipados.
Sin embargo, en este caso, el tribunal admitió lo solicitado por Soledad Pérez de León, la defensora de Tapia, quien pidió a los jueces que tengan en cuenta el “arrepentimiento” del condenado, su juventud, el bajo nivel de instrucción (primario completo) y la ausencia de antecedentes penales.
Por lo tanto solicitó que la condena sea a un máximo de 30 años y que pueda ser revisable a los 20. Si el tribunal imponía la prisión perpetua sin atenuantes, recién a los 35 años podría requerir el beneficio de la libertad condicional. La fiscal Natalia Rivera y la abogada querellante Nadia Kubatov expresaron su desacuerdo y requirieron que no se discutan atenuantes o agravantes en el caso.
El caso
El femicidio de Carina Barros Méndez ocurrió el 26 de octubre de 2023. Tapia le provocó lesiones con un cuchillo, entre las dos y cuatro menos veinte de la madrugada, luego de ingresar al domicilio de la víctima. En ese momento, ella estaba sola, ya que su hermano y su padre habían salido hacia un incendio que se originó en una chacra cercana de unos familiares. Del incendio, el hermano de la víctima fue advertido por el acusado, quien lo llamó por teléfono previamente y le dijo que fuera hacia la casa de su abuelo “porque se estaba quemando”.
El acusado aprovechó esta situación para meterse en la vivienda ubicada en las cercanías de las Ruta 40 y dirigirse hacia la habitación de la víctima. Allí, le rompió el celular y comenzó a agredirla. Ella corrió hacia la habitación de su hermano, que estaba en la parte exterior de la vivienda. En ese momento, la atacó con el cuchillo provocándole lesiones que le causaron la muerte.
El acusado y Carina Barros habían tenido una relación de noviazgo durante alrededor de tres años que estuvo signada por la violencia de género.
La descripción de las pruebas se realizó durante una audiencia de control de la acusación que tuvo lugar el 9 de septiembre en Chos Malal, en la que Tapia asumió su responsabilidad y pidió disculpas a la familia de la víctima.