Neuquén
Explosión escuela de Aguada San Roque: funcionarios de obras públicas fueron condenados por cometer estrago y fraude
Los seis funcionarios e integrantes de una empresa fueron condenados por los delitos que ocasionaron la deflagración en la escuela albergue que terminó con la vida de la docente Mónica Jara y los operarios Nicolás Francés y Mariano Spinedi.Por unanimidad, el tribunal integrado por los jueces Maximiliano Bagnat, Lisandro Borgonovo e Ignacio Pombol condenó a tres funcionarios públicos y a dos integrantes de una constructora por su responsabilidad en la explosión en la Escuela 144 de Aguada San Roque, que ocasionó la muerte de los operarios Nicolás Francés, Mariano Spinedi y la docente Mónica Jara.
Se trata de un fallo que dejará un precedente histórico, ya que es la primera vez que se condena a funcionarios de obras públicas no solo por el delito de estrago, sino también por cometer fraude a la administración pública.
El ex subsecretario de Obras Públicas, Roberto Deza, fue absuelto porque no se pudo probar que el funcionario tenía conocimiento que la obra no estaba terminada, a pesar de los certificados que indicaban lo contrario. Deza estaba acusado por el delito de administración infiel por haber firmado y habilitado los pagos correspondientes a la totalidad de la obra. Los abogados querellantes adelantaron que pedirán revisiones durante la audiencia de determinación de pena y apelarán la absolución ante el Tribunal de Impugnación.
En el caso de los otros seis funcionarios públicos imputados, Carlos Córdoba, Raúl Capdevilla y Sergio Percat, también funcionarios de Obras Públicas y con vínculo directo con la ejecución de los trabajos, así como Héctor Villanueva y Diego Bulgheroni, de la empresa Arte Construcciones S.R.L, fueron declarados responsables de estrago culposo agravado por el resultado muerte, en concurso real con administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.
En el caso de Percat, además, se lo condenó en concurso ideal con el delito de falsificación ideológica de documento público, por haber certificado la finalización de la obra sin haber ido al paraje donde se realizaba la construcción.
Los jueces consideraron las pruebas sobre las tareas e intervención de todos los condenados en la obra de ampliación en la escuela albergue de Aguada San Roque y determinaron que los funcionarios públicos no ejercieron los controles que les correspondían u omitieron acciones que podrían haber modificado el curso de los hechos.
Otra de las irregularidades cometidas discutidas a lo largo de las audiencias judiciales fue que, a pasar de que la obra no estaba terminada, continuaban emitiendo certificaciones de finalización cuando restaba concluir la instalación de gas.
En el juicio se comprobó un acción negligente del gasista por atender un aviso de olor a gas sin ir acompañado y sin cortar el suministro. Sin embargo, como lo aseguró el tribunal durante la lectura del veredicto, “esa responsabilidad de ninguna manera excluye las de control que estaban en cabeza de los acusados”.
Uno de los hechos probados en el juicio fue el origen de la deflagración en la ampliación del albergue en la escuela de Aguada San Roque: una fuga en una unión tipo “T” en el cielorraso, que derivó en una acumulación de gas en el techo y la explosión ocasionada por una chispa en la instalación eléctrica cuando las víctimas ingresaron al lugar.
Previo al juicio, fueron sobreseídos Fabio Antonio Luna, ex director general de la Modalidad Rural del Consejo Provincial de Educación, y Patricia Delia Cressatti, directora provincial de Nivel Primario del mismo organismo.