JUDICIALES
Condenaron por juicio directo a una mujer que intentó robar una pizzería con un cuchillo
Se trata del primer juicio directo que se realiza en esa circunscripción luego de la reforma al Código Procesal Penal en 2014. La mujer fue armada a una pizzería en San Martín de los Andes y se enfrentó con un empleado que se resistió y terminó detenida.San Martín de los Andes fue el debut de una declaración de culpabilidad en la modalidad de juicio directo, incorporada en el Código Procesal Penal en 2014. Fue durante el enjuiciamiento a una mujer que, 41 días atrás, intentó robar una pizzería armada con un cuchillo. Habrá una próxima audiencia en la que se debatirá la pena que se le impondrá.
El juez Maximiliano Bagnat avaló la teoría acusatoria del fiscal Martín Scordo por la que la mujer fue declarada culpable de robo calificado por el uso de un arma en grado de tentativa y en calidad de autora.

La resolución se conoció este viernes al mediodía en el edificio judicial de San Martín de los Andes, y se trata de la primera condena mediante la utilización del sistema de juicio directo, desde que se lo reformó para que se utilice por pedido de la fiscalía. Esta modalidad de juzgamiento permite que, en los casos en los que la investigación se cierra en los primeros momentos, se pueda avanzar en el proceso y obtener una condena.
El episodio juzgado ocurrió el 29 de marzo de 2025, a las once y media de la noche, cuando Maira Lucila Gingins ingresó a una pizzería ubicada en el barrio Los Radales de San Martín de los Andes y, con un cuchillo, intentó robar mercadería. No pudo concretar su objetivo porque la víctima se lo impidió y fue detenida por la policía.

En una próxima audiencia se deberá discutir el monto de pena a imponer, que en caso de la tentativa de robo agravado por el uso de arma, parte de un mínimo de 2 años y medio de prisión. Como la mujer tiene una condena previa de 3 años de ejecución condicional, luego se deberá iniciar un proceso para definir un monto único.
El juicio directo es una herramienta que se incorporó al sistema penal con la reforma del Código Procesal Penal en 2014. En un principio, para implementarse requería el acuerdo de la defensa del imputado, pero a partir de una reforma reciente, se eliminó el requisito: son los jueces y juezas quienes, ante el pedido fiscal, deciden si corresponde avanzar en ese sistema de juzgamiento, pensado para los hechos flagrantes y ante los delitos menos graves.