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Cipolletti: por tener trabajo formal, un joven de 19 años ya no recibirá la cuota alimentaria

El planteo fue presentado por el padre, quien pidió el cese de la cuota alimentaria pactada en 2022.
lunes, 19 de mayo de 2025 · 13:40

Un juzgado de Cipolletti decidió poner fin a una cuota alimentaria que un padre venía depositando a favor de su hijo de 19 años. La resolución se apoyó en que el joven trabaja de forma registrada, tiene ingresos estables, cobertura médica y vivienda provista por la empresa. Según la jueza, eso demuestra que puede mantenerse por sus propios medios.

El planteo fue presentado por el padre, quien pidió el cese de la cuota alimentaria pactada en 2022. En su solicitud, explicó que la situación había cambiado, ya que su hijo había conseguido empleo formal en una constructora de Rincón de los Sauces, bajo convenio colectivo, y además había abandonado sus estudios terciarios por decisión propia.

Un juzgado de Cipolletti decidió poner fin a una cuota alimentaria. Fuente: (X)

Durante el proceso judicial se aportaron recibos de sueldo, informes de ANSES y otros documentos que confirmaron que el joven percibe desde agosto de 2024 un ingreso registrado, realiza aportes a la seguridad social, tiene obra social y no depende económicamente de sus padres. También se comprobó que cuenta con alojamiento otorgado por la misma empresa.

Por su parte, la madre del joven se opuso al pedido del padre. Argumentó que su hijo todavía no había alcanzado estabilidad laboral, y que ella seguía ayudándolo con transporte, préstamos del auto familiar y algunos gastos diarios. Además, expresó que el chico tenía intenciones de retomar sus estudios una vez que pudiera organizarse económicamente.

El planteo fue presentado por el padre, ya que su hijo había conseguido empleo formal. Fuente: (X)

Sin embargo, el juzgado valoró los elementos concretos presentados por el progenitor, especialmente el hecho de que el joven había retomado su puesto de trabajo luego de una breve interrupción. Con esos datos sobre la mesa, la jueza concluyó que correspondía aplicar el artículo 658 del Código Civil y Comercial, que permite poner fin a la cuota alimentaria si el hijo mayor de edad ya puede cubrir sus propias necesidades.

El joven percibe desde agosto de 2024 un ingreso registrado. Fuente: (X)

Por otra parte, el tribunal aclaró que la cuota correspondiente al hijo menor no se modifica automáticamente. El acuerdo inicial contemplaba al grupo familiar completo, por lo que cualquier cambio en esa obligación requerirá un nuevo expediente, con mediación previa incluida.