ABUSO SEXUAL INFANTIL

Condenaron al periodista Emiliano Gatti a 6 años de prisión

Hasta que la pena quede firme, deberá presentarse todas las semanas en la fiscalía de su lugar de residencia y se mantiene la prohibición de salir del país. La fiscalía había pedido 8 años de prisión; la querella, 10 y la defensa, 4.
lunes, 16 de septiembre de 2024 · 17:07

El periodista y conductor televisivo de Río Negro Emiliano Gatti fue condenado a seis años de prisión por tenencia y facilitación de imágenes de abuso sexual infantil. Hasta tanto la sentencia quede firme, deberá presentarse todos los días en la fiscalía de la localidad en la que resida.

El tribunal de General Roca leyó la sentencia este lunes al mediodía. Para definir el monto de la pena, los jueces Luciano Garrido y Emilio Stadler y la jueza Verónica Rodríguez debieron ajustarse a los pedidos de pena mínimos y máximos que habían solicitado las partes en la audiencia de cesura, que se realizó la semana pasada. En aquella oportunidad, la defensa de Emiliano Gatti había solicitado una pena de tres -o en su defecto, cuatro- años de prisión, mientras que la fiscalía había requerido ocho años y la parte querellante, diez.

Emiliano Gatti, el periodista y conductor condenado. Fuente: (ANRoca) 

Al finalizar la lectura de la sentencia, la fiscalía y la querella solicitaron la prisión preventiva en reemplazo de las medidas cautelares que ya venía cumpliendo el imputado, que eran la prohibición de salir del país, el depósito de una caución y las presentaciones cada diez días en la fiscalía de la ciudad donde reside. Ante el dictado de una pena de prisión efectiva, las partes acusadoras solicitaron que se agrave la medida para neutralizar el riesgo procesal de fuga.

A su turno, la defensa se opuso a la prisión preventiva. Alegó que el imputado ha dado estricto cumplimiento a las cautelares previas durante todo el proceso y afirmó que las medidas de resguardo vigentes resultan suficientes. De manera secundaria, la defensa aceptó la posibilidad de que se dicte una prisión preventiva domiciliaria. A ambos planteos se opusieron la fiscalía y la querella.

La fiscal Graciela Echegaray había pedido 8 años de prisión. Fuente: (Juan Thomes)

El Tribunal deliberó sobre el punto y resolvió que el eventual peligro de fuga quedará cubierto por presentaciones diarias del imputado en la fiscalía de su localidad, de lunes a viernes, y en la comisaría más cercana a su domicilio los fines de semana. Esa medida se mantendrá hasta que la sentencia quede firme.

En la primera etapa del juicio, que se realizó en mayo, Gatti había sido condenado por 50 videos con imágenes de abuso sexual infantil que estaban descargados en su computadora personal y en otros dispositivos electrónicos secuestrados en su vivienda. Los videos fueron descargados y puestos a disposición de otros usuarios en una plataforma online. Para declarar la responsabilidad, el Tribunal calificó de “contundente y decisiva la prueba científica y técnica” presentada en el juicio.

Tribunal que enjuició a Emiliano Gatti. Fuente: (VDMNoticias)

Los jueces también señalaron la gravedad de los delitos acreditados, al afirmar que la simple tenencia de ese tipo de videos “favorece el crecimiento de este mercado, dado que la demanda de material incentiva la comisión de más abusos”.

El veredicto reseñó que la investigación comenzó en el área de Cibercrimen del Departamento de Investigaciones Judiciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en agosto de 2022. Ese equipo realizó una pesquisa en las plataformas ICACCOPS y CPS para detectar usuarios que compartieron  material de abuso sexual infantil entre junio de 2021 y agosto de 2022. Así se activó el protocolo de investigación que finalizó con el allanamiento del 15 de noviembre de 2022 en la vivienda del acusado.

Las pericias acreditaron que los videos fueron abiertos y visualizados en la PC desde el mes de agosto de 2022 hasta unos pocos días antes del allanamiento. En ese lapso, la vivienda estuvo vigilada por los investigadores, quienes confirmaron que el imputado fue la única persona que ingresó al domicilio por esos días. “Esto da por tierra lo sostenido por el imputado y su defensa técnica en cuanto a que no conocía la existencia de los videos”, concluyó el Tribunal.