El Gobierno oficializó los nuevos planes con cuotas de pago de las tarifas de gas

La medida beneficiará a actividades residenciales como no residenciales y habrá variados plazos antes del corte del servicio.
lunes, 19 de julio de 2021 · 11:27

Este lunes se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 210/2021, medida que determinó los nuevos beneficios y derechos que tienen los usuarios de gas que hayan elegido los planes de pago para saldar las boletas impagas durante la cuarentena.

A través del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) las compañías proveedoras del servicio deberán otorgar a los clientes, “sean residenciales o no”, la opción de cancelar las deudas en planes de pago de hasta 30 cuotas mensuales, consecutivas e iguales.

Asimismo, se estableció el tope de interés que pueden cobrar las empresas distribuidoras de gas por redes a los morosos, esto se detalla como la mitad de la tasa activa a 30 días del Banco Nación. Esta cifra actualmente está en 40,87% nominal anual, por lo tanto, se aplicará el 20,43% de interés en el total de la deuda.

Las compañías tienen un aval para cortar el suministro.

 

Las compañías deberán informar sobre el plan de facilidades de pago

Las prestadoras del servicio deberán incluir en la factura de consumo de los usuarios residenciales como no residenciales, una referencia explícita al plan de facilidades de pago de hasta 30 cuotas para cancelar sus deudas.

A través de la descripción: “En línea separada del resto de los conceptos bajo la denominación: Plan de Pago (DNU 311/20 - Res MEC 383/21) __/__, con indicación del número de cuota que se está pagando sobre el total de cuotas del plan”, las compañías de gas tendrán que resaltar el nuevo beneficio.

Asimismo, en esta resolución se otorgó que ante “la falta de pago o mora en el pago de 3 cuotas consecutivas o 6 alternas se habilitará a las prestadoras al corte del suministro”, detalla la medida, por lo tanto, se efectuará el corte del servicio de gas, indica la misiva.

Finalmente, el comunicado destacó que la financiación podrá ser hasta 30 cuotas o menos. Por lo tanto, “las empresas prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes deberán permitir y habilitar al usuario a cancelar las deudas que se hubieren generado durante el plazo de vigencia del Decreto 311/20, a través de facilidades de pago de hasta 30 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, pudiendo optar el beneficiario por abonarlas en una cantidad menor de cuotas”.