Neuquén Capital

Elecciones municipales: qué es y cuándo funciona la veda electoral

Frente a las elecciones municipales varias actividades estarán prohibidas desde horas antes de la votación.
viernes, 22 de octubre de 2021 · 14:14

El próximo domingo, en la ciudad de Neuquén, se llevarán a cabo las elecciones municipales y frente a dicho suceso, como ocurre en todos los comicios, la Justicia determina la veda electoral, horas antes de la apertura de las urnas para resguardar la seguridad de la votación.

En este sentido, desde el Poder Judicial de la provincia, de cara a las elecciones municipales comunicaron que desde 48 horas antes de los comicios en la capital, quedan prohibidas varias actividades tanto para los candidatos, como así también para los votantes.

En caso de no cumplir con lo establecido, se impondrán multas de entre 5 mil y 2 millones de pesos.

 

Uno por uno, los puntos de la veda

En primer lugar, las autoridades de la provincia indicaron que quedan prohibidos los actos públicos políticos, es así que los candidatos no podrán continuar con sus anuncios de campaña para convencer a los votantes que los elegirán en las elecciones municipales.

Además, desde las cero horas del 24 de octubre y hasta tres horas después de los comicios son varias las actividades que no se podrán realizar en el territorio neuquino, entre ellas la portación de armas (en este punto, las fuerzas de seguridad quedan exceptuadas), a menos de 100 metros de los establecimientos de votación.

 Los electores no pueden usar banderas, divisas u otros distintivos que los identifiquen con un partido político.

En dicho horario no se podrán organizar espectáculos o reuniones públicas que no estén referidas a las elecciones municipales, además de la ya conocida prohibición de venta de bebidas alcohólicas.

Asimismo, la Justicia Electoral comunicó que, “desde las cuarenta y ocho horas anteriores a la iniciación de los comicios y hasta tres horas después de su finalización, queda vedada la difusión, publicación, comentarios o referencias, por cualquier medio, de los resultados de encuestas electorales”.

Se penará con prisión de uno a tres años a quien con violencia o intimidación, impida ejercer un cargo electoral o el derecho al sufragio.

Igualmente, se estableció que “se impondrá prisión de seis meses a dos años a quienes detengan, demoren y obstaculicen, por cualquier medio, a los correos, mensajeros o encargados de la conducción de urnas receptoras de votos documentos u otros efectos relacionados con una elección”.