Atención contribuyentes: la AFIP fijó el límite para corregir o eliminar declaraciones

El organismo notificó a 3.000 trabajadores.
sábado, 6 de marzo de 2021 · 08:43

Debido a la situación de emergencia sanitaria que atraviesa la Argentina, que llevó a muchos empleados a cumplir sus actividades mediante el teletrabajo por respeto a la cuarentena obligatoria y el distanciamiento social. En ese contexto, se informó la posibilidad de llenar el formulario de deducciones del tributo con ciertos gastos, tales como del servicio de Internet, entre otros. Ahora, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) advirtió a los contribuyentes la detección de "inconsistencias".

Para ello, la AFIP notificó a unos 3.000 obreros que llenaron ese tipo de deducciones en el formulario electrónico del Siradig correspondiente al año pasado, que fijó una fecha límite para corregir o eliminar declaraciones de aportantes inconsistentes.

Según alertó el ente regulador y recaudador de impuestos en el país, los contribuyentes podrán realizar esta diligencia antes de comenzar abril, ya que la fecha límite para que efectúen las modificaciones correspondientes será el miércoles 31 de marzo. Para mayor claridad, la Administración Federal de Ingresos Públicos precisó que para "regularizar la situación”, hay que “modificar o eliminar del Siradig aquellas deducciones que no corresponden o que no cumplen con los requisitos". 

¿Qué consecuencias habrá si no se cumple con la petición de la AFIP?

Otro dato a tener en cuenta sobre la notificación del organismo que preside Mercedes Marcó del Pont es que, si bien no detalló cuáles son las inconsistencias encontradas en cada trabajador, les alertó que, de no haber cambios, se determinaría una morosidad de la persona con el fisco en concepto de Impuesto a las Ganancias. 

Para los monotributistas.

Por otro lado, la semana pasada, la AFIP comunicó a los monotributistas que el Estado sigue acompañando a los pequeños contribuyentes durante la crisis del coronavirus, razón por la cual estableció que “no será dado de baja de oficio por falta de pago durante enero, febrero y marzo”. Por lo tanto, “estos meses no se sumarán a las diez cuotas impagas consecutivas que determinan la baja del régimen”.

Otras Noticias