JUSTICIA

Rechazo a Mauricio Macri: Cámara Nacional en lo Comercial no aceptó su petición

Lo descartaron al advertir que existen actuaciones que muestran la pretensión de utilizar al Poder Judicial con fines políticos.
miércoles, 7 de septiembre de 2022 · 22:42

La Cámara Nacional en lo Comercial rechazó el recurso de apelación de Mauricio Macri, expresidente de la Nación, y de la firma “"Seguridad Fiduciaria SA" en tanto a una resolución de la Inspección General de Justicia (IGJ) que promovió la nulidad del "Contrato de Fideicomiso Ciego de Administración". El tribunal está conformado por la jueza Julia Villanueva y el juez Eduardo Machin.

¿El motivo de este rechazo al político? La instancia judicial rechazó el movimiento de Maurico Macri por considerar que no existe caso, así como evidenciar y advertir públicamente que este comportamiento comprende “actuaciones que, tanto de un lado como del otro, exhiben la pretensión de usar al Poder Judicial con finalidades políticas que le son ajenas".

El tribunal está conformado por la jueza Julia Villanueva y el juez Eduardo Machin.

 

Fallo: esto fue lo que se asentó

¿Qué más aseguró el fallo acerca de la petición de Mauricio Macri y la entidad? Según el fallo, la instancia remarcó que “la nulidad de ese contrato surgía de la falsedad de su causa fin, del contenido de sus cláusulas, de las irregularidades de quienes habían participado y del hecho de que el señor Macri había estado lejos de transferir todo su patrimonio al aludido fideicomiso".

Pero no solo eso, sino que sumaron como agravante que “los bienes que sí le había transferido tenían carácter ficticio y simulado", además de resaltar diversas irregularidades en las transferencias, lo que cuestionado que “se hubiera llamado 'ciego' a ese fideicomiso, como si el fiduciante no hubiera podido saber nada acerca de cómo se ejecutaba la manda fiduciaria o el fiduciario no hubiera debido rendir cuentas, todo lo cual no había sido así por las razones que indicó".

La apelación de Macri fue considerada como un desprecio a las actividades del Poder Judicial. 

 

Más

Por su parte, la Inspección General de Justicia declaró “de las propias declaraciones juradas presentadas por el fiduciante, surgía que los bienes fideicomitidos representaban apenas el 53% de lo que tenía, lo cual permitía descartar que el nombrado hubiera sido veraz y hubiera cumplido con la transparencia que se había propuesto".

Dicha resolución "debía entenderse ratificada a la luz del escándalo que había protagonizado en el marco del caso conocido como 'Panamá Papers'". Tras esta resolución, el tribunal consideró que el contrato "no existe más", por lo que autorizó “la intervención del tribunal” gracias a términos constitucionales.

Fuente: (BBC News Mundo)

 

“Ante controversias actuales”

El comunicado dicta: "Los tribunales solo pueden ejercer su jurisdicción ante controversias actuales y concretas”. Al haberse finalizado el mandato de Macri, afirma la sentencia “también se extinguió ese contrato y, por ende, los bienes fideicometidos volvieron a la situación anterior a partir de que la fiduciaria restituyó al fiduciante los bienes fideicomitidos".

¿Qué concluye? En otras palabras –expresión utilizada por el tribunal- “ni más ni menos que el mismo efecto que se hubiera producido con la nulidad, con la cual las cosas también hubieran vuelto al mismo estado en que se hallaban antes del acto declarado nulo".

Fuente: (El Confidencial)

 

La apelación

La apelación buscaba sostener argumentativamente que la IGJ carecía de competencia para dar inicio a la acción de referencia y que se posicionó como “producto de una desviación de poder y de persecución política hacia el señor Macri". Dejaron claro que el fideicomiso “ya no existe”, y que las posturas de ambas partes “evidencian un menosprecio por la función judicial y un derroche de recursos públicos”.

Pero no solo eso, sino que califican a la acción como una pretensión de que el Poder Judicial se vea desviado “de la jurisdicción judicial con finalidades políticas, lo cual no puede ser admitido".