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AFIP detalló la documentación necesaria para viajar en auto por el Mercosur

La AFIP aplazó el vencimiento para las presentaciones de declaraciones juradas.
jueves, 8 de junio de 2023 · 15:46

A través de una Resolución publicada en el Boletín Oficial de este jueves, 8 de junio, la Administración Federal de Ingresos Públicos dejó constancia de todos los documentos que serán requeridos para viajar en auto por los países que integran el Mercosur y que no sean el de origen del vehículo, ya sea de turismo, particular o de una agencia de alquiler.

Según la AFIP, los conductores deberán llevar consigo su documento válido para circular en el Mercosur, la licencia de conducir de su país, el certificado que lo acredite como turista, emitido por la autoridad migratoria, y una autorización para conducir el vehículo. Además, la oficina de recaudación nacional detalló que será necesario tener un título u otro documento oficial que acredite la propiedad del auto y el comprobante de que el seguro se encuentra vigente.

La AFIP consignó los documentos necesarios para viajar en auto por el Mercosur.

De esta manera, la AFIP formalizó su adhesión a la medida del Grupo Mercado Común que determinó que los vehículos comunitarios del Mercosur, de propiedad de las personas físicas residentes o de personas jurídicas con sede social en un Estado que sea parte del mismo, cuando se utilicen en viajes de turismo, pueden circular libremente en cualquiera de los demás Estados. Además, los documentos podrán ser presentados de manera física o digital cuando se disponga de un medio de verificación electrónica. 

Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela forman parte del Mercosur.

 

La AFIP aplazó el vencimiento para presentar las declaraciones juradas

Tras un pedido expreso por parte de los contadores porteños, ya que otros vencimientos fueron establecidos en el mismo periodo, la AFIP postergó la fecha límite de la presentación de la declaración jurada y del pago de Ganancias y Bienes Personales por un plazo total de 10 días, al 22 y 23, según cada usuario. En un principio, estaba fijada para el próximo lunes, 12 de junio. 

La AFIP postergó la fecha límite de presentación de declaraciones juradas y del pago de Ganancias y Bienes Personales al 22, 23 y 26 de junio.

Ahora, los contribuyentes de la oficina estatal que tengan sus CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3 tendrán hasta el 22 de junio; mientras que los que poseen finalizaciones en 4, 5 y 6 lo harán un día después. Por último, los que terminan 7, 8 y 9 deberán hacerlo el lunes, 26 de junio. Las declaraciones juradas de Ganancias y del impuesto Cedular se realizan a través del servicio con clave fiscal “Ganancias Personas Humanas–Portal integrado”; mientras que por los Bienes Personales, se realiza mediante el servicio web con clave fiscal.