PATRICIA BULLRICH
Patricia Bullrich habilitó el uso de armas de fuego para las fuerzas federales
Tendrán más libertad para disparar en caso de peligro o riesgo inminente.La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, presentó el Reglamento General Para el Empleo de Armas por parte de los miembros de las Fuerzas de Seguridad Federales, que se aplicará en situaciones de “riesgo inminente”.
“Venimos a poner las cosas en su lugar, no queremos otro Chocobar más”, sostuvo la funcionaria en rueda de prensa. En ese marco, el protocolo presentado por Patricia Bullrich le dará a las fuerzas federales más libertad para disparar en determinadas condiciones de riesgo.
"¿Cómo es el uso de las armas? Cuando haya un peligro inminente de muerte del propio agente o de ciudadanos que están en peligro ante un ataque de delincuentes, criminales, mafiosos o narcotraficantes”, explicó Patricia Bullrich.
Asimismo, agregó que se permitirá su uso “para impedir la comisión de un delito, cuando este delito es particularmente grave y ponga en riesgo la integridad física de las personas".
El nuevo reglamento fue formalizado este jueves mediante el Boletín Oficial, el cual dispone que los agentes de seguridad deberán identificarse "como tales e intimar a viva voz a cesar la actividad ilícita".
No obstante, quedarán exentos de hacerlo en las siguientes circunstancias: “Cuando la identificación pueda implicar que el obrar de un agresor incremente el riesgo de muerte o de lesiones graves a otra persona. Cuando se pusiera indebidamente en peligro la integridad física o la vida de los propios funcionarios de las fuerzas policiales y de seguridad federales”.
También “cuando la identificación expusiere la ubicación de un integrante o más efectivos de las fuerzas policiales y de seguridad federales y ello significara un riesgo para su vida o entorpeciera la protección de la integridad física o la vida de terceras personas”.
“Cuando se obrare ante más de un agresor y la respuesta frente al riesgo inminente de la integridad física o de la vida de los funcionarios o de terceras personas implique una desventaja numérica o táctica. Cuando la identificación resultare evidentemente inadecuada o inútil, dadas las circunstancias del caso”, señala la resolución.
En qué casos se podrán usar armas de fuego
La resolución firmada por la ministra además establece una serie de condiciones en las que podrán emplearse las armas de fuego como medio de defensa y para proteger la vida de los agentes u otras personas.
- En defensa propia o de otras personas, cuando hubiere peligro inminente de muerte o de lesiones graves.
- Para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas o ponga en peligro, de cualquier modo, la vida de otras personas.
- Para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad, o para ayudar a efectuarla.
- Para impedir la fuga de quien represente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas, y hasta lograr su detención.
- Para mantener la seguridad y el orden en los establecimientos de detención cuando corra peligro la integridad física o la vida de las personas que se encontraren bajo custodia o detenidas o de quienes tienen a su cargo su seguridad.