Neuquén Capital

La Justicia ordenó proveer agua al barrio Confluencia Rural

El sector padece insuficiencias en el suministro desde hace meses y en los últimos días directamente no tuvo.
miércoles, 26 de enero de 2022 · 10:13

La Justicia ordenó a la Municipalidad y al EPAS (Ente Provincial de Agua y Saneamiento) proveer agua al barrio Confluencia Rural, luego de que los vecinos se reunieran con Defensoría del Pueblo y este interpusiera un recurso judicial.

Desde hace meses, ese barrio de Neuquén Capital padece limitaciones en el suministro y en los últimos días ni siquiera tuvo un poco de agua. Por tal motivo, representantes de las 80 familias que viven en el sector se reunieron el pasado viernes con el EPAS, Cordineu y Defensoría del Pueblo.

Sede del EPAS.

En esa instancia de diálogo, los representantes del ente provincial aseguraron que las obras que realizó la Municipalidad en el Paseo Costero eliminaron “las camisas de las perforaciones y la casilla de cloración” y que por tal motivo se les complicaba garantizar el servicio de agua potable.

El EPAS se comprometió a realizar una propuesta de obras para restablecer el suministro en el barrio y Cordineu prometió acelerar los tiempos de las obras de infraestructura. Sin embargo, los vecinos solicitaron a la Defensoría presentar una medida judicial para garantizar de manera inmediata la provisión de agua.

La ONU reconoce el acceso al agua potable como un derecho humano.

 

La resolución del juez

El lunes pasado, el titular de la Defensoría del Pueblo, Ricardo Rivas, presentó un recurso judicial en contra de la Municipalidad y del EPAS para que garanticen la provisión de agua potable mediante las redes disponibles a los vecinos del barrio Confluencia Rural.

En las consideraciones, el defensor del Pueblo solicitó que los organismos demandados provean 150 litros diarios de agua potable por persona hasta que se restablezca el servicio de manera definitiva.

El EPAS debe renovar sus contratos en Neuquén Capital.

El juez de feria, Gustavo Belli, dio lugar a la medida y ordenó que la Municipalidad y el EPAS provean del suministro en un plazo de 24 horas a las familias afectadas. “El agua potable como elemento vital para la salud y subsistencia de la persona humana se encuentra protegido como derecho fundamental”, justificó el magistrado.