¿Para o no para? Qué pasa con la industria petrolera en la cuarentena

Algunos servicios no fueron alcanzados por las medidas tomadas frente al coronavirus.
viernes, 20 de marzo de 2020 · 10:10

Ayer, frente a la pandemia del coronavirus, el presidente de la Nación, Alberto Fernández, anunció la cuarentena obligatoria. Sin embargo informó que hay un grupo de actividades que quedaron exceptuadas de la medida. 

A través del Decreto 297/2020, “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, se estableció que las personas “deberán permanecer en sus residencias habituales” y que “deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo y no podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, todo ello con el fin de prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19 y la consiguiente afectación a la salud pública y los demás derechos subjetivos derivados, tales como la vida y la integridad física de las personas”. 

Del mismo modo, en la medida detallaron que hay actividades que se encuentran exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” por la pandemia, por ser declaradas como servicios esenciales en la emergencia, dentro de las que se encuentran las relacionadas al petróleo. 

En el ítem número 18, señalaron al “Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP”, como uno de esos servicios esenciales. 

Mientras que también, en el ítem 23, indicaron como una actividad necesaria a las “Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica”. 

Empresas de la industria como YPF, anunciaron esquemas de emergencia y modificaron sus modos de trabajo para adecuar su producción a la situación actual causada por el coronavirus

Asimismo, quedan excluidos de esta medida quienes trabajen en las áreas del Gobierno Nacional, Provinciales y Municipales; los trabajadores de la Salud; las Fuerzas de Seguridad y Fuerzas Armadas; empleados de la producción de fármacos y alimentos, y aquellos quienes se dediquen a las áreas de comunicación y prensa.