Política
La Corte Suprema declaró inconstitucional la reforma del Consejo de la Magistratura luego de 15 años
A partir de este fallo, la Corte Suprema restituye la anterior conformación que contempla a 20 miembros.La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional, por unanimidad, la Ley 26.080, que contemplaba la reforma del Consejo de la Magistratura. De esta manera, se preveía la reducción de los integrantes de 20 a 13.
A partir de este fallo, la Corte Suprema desestimó la iniciativa impulsada en 2006 por la vicepresidenta Cristina Kirchner. En este sentido, el máximo tribunal avala lo realizado por la Magistratura desde su reforma, sin embargo, plantea que deberá volver al “equilibrio” previsto cuando se creó.
Cabe destacar que si bien la sentencia de la Corte Suprema fue unánime, el magistrado Ricardo Lorenzetti presentó una diferencia parcial respecto al rol que tendrá ahora el Congreso.
Asimismo, la determinación del órgano de Justicia se da en el marco de un discurso del presidente Alberto Fernández en el CES (Consejo Económico y Social), en el que resaltó la necesidad de “abrir una discusión honesta sobre el mejor diseño de la Corte Suprema de la Nación”.
Fuente: Télam
El Consejo de la Magistratura es el encargado de administrar el Presupuesto del poder Judicial, además de llevar adelante los concursos para los nuevos jueces y revisar el desempeño de los letrados.
"El Consejo será integrado periódicamente de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal”, señala el artículo 114 de la Constitución.
El detalle del fallo
La Corte Suprema determinó que la ley es inconstitucional dado que hay una “demostración concluyente” de que en estos últimos años “se ha quebrado la regla de no predominio” y se presentaron “falencias que ponen seriamente en riesgo la independencia del Poder Judicial”.
“La noción de equilibro significa ausencia de predominio, de manera que ningún sector cuente con una cantidad de representantes que le permita ejercer una acción hegemónica respecto del conjunto o controlar por sí mismo el cuerpo”, explican los integrantes del organismo en el fallo.
Por último, sostienen: “La selección de magistrados ha sido motivo de fuertes críticas por parte de las asociaciones profesionales, al alterarse el orden de las listas con apartamiento de las calificaciones”.