Quiénes están exceptuados de votar en las próximas PASO del 12 de septiembre

Las elecciones son obligatorias; sin embargo, hay un grupo que, con la documentación que lo avale, podría no asistir.
domingo, 22 de agosto de 2021 · 10:29

En el marco de la pandemia de coronavirus y las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del 12 de septiembre las autoridades electorales marcaron las pautas para que votar no se convierta en un riesgo epidemiológico.

Por lo tanto, todos los ciudadanos aislados por contagio confirmado de COVID 19, los casos sospechosos y contactos estrechos de positivos por coronavirus estarán exceptuados de presentarse en los comicios, que votarán de manera intermedia la renovación de 127 bancas de la Cámara de Diputados y 24 escaños del Senado.

La Cámara Nacional Electoral estableció que para el caso de las personas con COVID 19 positivo, que quieran votar, deberán acudir con el juez electoral del distrito que corresponda y este determinará el procedimiento de emisión del voto.

El segundo colectivo que está exceptuado de asistir a las PASO son aquellos que integren grupos de riesgo, que por indicación médica deban evitar los lugares con movimiento de gente.

Así lo confirmó la Cámara Nacional Electoral (CNE), organismo que marcó las pautas para que se puedan llevar a cabo las PASO en contexto de emergencia sanitaria, a través de la Acordada Extraordinaria 83/21.

Mientras que, aquellas personas que no acudan a sufragar a las elecciones obligatorias del 12 de septiembre deberán justificar su ausencia a través de la página www.infractores.padron.gob.ar en el sitio de la CNE, para completar los datos del ciudadano y adjuntar el documento que avale la ausencia en las elecciones.

 

En qué casos está justificado no votar

Cabe destacar que las PASO son obligatorias; sin embargo, hay algunas problemáticas avaladas por la CNE que justifican la ausencia.

Además de quienes tengan coronavirus o sean considerados casos sospechosos, se aceptará la ausencia en las PASO para aquellos electores que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Para eso tienen que obtener un certificado en la comisaría más cercana.

Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto, también están justificados por una cuestión de movilidad. Sin embargo, estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional.

También se acredita la ausencia del personal de organismos y empresas de servicios públicos que, por razones atinentes a su cumplimiento, deban realizar tareas que le impidan asistir a los comicios durante su desarrollo.

Finalmente, se acepta la ausencia de los jueces y sus auxiliares que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras duren los comicios.

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