POLÍTICA
Después de 2 años, la presencialidad volverá a la administración pública
Fue dispuesto a través de la Resolución N° 58/2022, en el Boletín Oficial, hace un mes, y hoy entrará en vigencia.La presencialidad parecía una fantasía hace tan solo un año. Para muchas personas trabajadoras, esto generó una especie de "lazo dúctil" a la hora de hablar de transporte, gastos y otros factores que inciden cuando se trata de establecer una relación laboral.
Hoy, las trabajadoras y los trabajadores de la administración pública vieron concretarse su presencialidad y le dijeron “adiós” al trabajo remoto, a la digitalización: en la normativa se había establecido como última fecha de esta flexibilidad laboral el 1º de mayo, Día del Trabajador en nuestro país.
Llegar a la presencialidad fue producto de la superación del momento más crítico de una pandemia que melló en todos los aspectos de las vidas de millones de personas, desde un contexto inhóspito hasta pérdidas humanas.
Resolución
El texto dictamina: “Cada jurisdicción, organismo y entidad de la administración pública nacional deberá disponer el retorno a la modalidad de prestación de servicios que era habitual”. La norma fijó la presencialidad para quienes hubieran obtenido la primera dosis contra el coronavirus.
La presencialidad programada es una realidad desde hace ya bastante tiempo, excepto en algunas profesiones que permitieron reducir los gastos de las empresas y que supieron aprovechar las condiciones que la historia ofrecía.
Medidas
En los últimos meses, el descenso de casos fue de gran notoriedad y esta se convirtió en una palabra que ingresaba nuevamente al discurso. Sin embargo, respetar las medidas de autocuidado no fue algo guardado en el cajón, y se continuará con la solicitud de certificados de vacunación.
¿Y en caso de no haberse vacunado? Deberá firmarse una Declaración Jurada que expone que la persona asumirá toda la responsabilidad que pueda derivarse de tal situación. Por ello, se los instó a “tomar los recaudos necesarios para evitar los perjuicios que su decisión pudiere ocasionar hacia el resto de compañeras y compañeros".
Grupos de riesgo
Tan solo las personas pertenecientes a grupos de riesgo podrán ser exceptuadas de esta modalidad laboral, siempre y cuando se cuente con certificado médico. El resto, deberá volver a la oficina.