AFIP

AFIP: esto tenés que hacer para que te devuelvan el 35% por la compra del dólar ahorro

Este procedimiento también podrá aplicarse a todos los gastos con tarjeta de crédito.
lunes, 5 de septiembre de 2022 · 16:08

AFIP, también conocida como Administración Federal de Ingresos Públicos, dará comienzo a diferentes acciones durante el mes de septiembre, las cuales son paralelas a las medidas económicas dispuestas desde la llegada de Sergio Massa.

Dólar ahorro.

 

¿Cuál será uno de estos pasos? El ente recaudador dará comienzo a la devolución de las contribuciones del 35% de Impuesto a las Ganancias para todos los contribuyentes que realizaron compras dólar ahorro o dólar solidario. ¿Qué incluirá la acción de la AFIP? Toda operación realizada desde enero a diciembre de 2021, 20 meses (caso máximo) después de que el gasto fue efectuado.

Pero no solo eso: AFIP deberá devolver el valor retenido también a quienes realizaron gastos en moneda extranjera vía tarjetas de crédito y débito, al igual que compras de dólares como moneda de reserva, es decir, de ahorro.

Fuente: (Manuela Iglesias - Contadora)

 

¿Quiénes recibirán?

La institución afirmó que más de 41 mil personas verán impactada esta retribución, la cual asciende a un total de 1850 millones de pesos. Todavía no se dictaminó una fecha aproximada del pago, pero estas son las cifras a devolver por mes en términos fiscales del 2021.

  • Febrero: 54.469 personas, cuyo total devuelto será de 2493 millones.
  • Marzo: 25.698 personas, cuyo total devuelto será de 1158 millones.
  • Abril: 18.903 personas, cuyo total devuelto será de 851 millones.
  • Mayo: 11.041 personas, cuyo total devuelto será de 517 millones.
  • Junio: 4.388 personas, cuyo total devuelto será de 182 millones.
  • Julio: 1.078 personas, cuyo total devuelto será de 22 millones.
  • Agosto: 6.483 personas, cuyo total devuelto será de 64 millones.

Fuente: (ESTUDIO CONTABLE MENEGUZZI)

 

¿Tengo que realizar algún trámite?

Sí, se debe realizar un trámite y estos son los requisitos:

  • Acreditar la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y con clave fiscal.
  • Informar a AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta donde se quiera recibir la devolución, a través del servicio “Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social”.
  • Contar con la cancelación de deudas o regularización de las inconsistencias, para después poder acreditarse lo percibido.
  • Tener Domicilio Fiscal Electrónico.

Fuente: (Todo Noticias)

 

Datos

Tras esto, se deberá ingresar con “Clave Fiscal” al servicio “Devolución de percepción” y se seleccionará la opción “Nuevo” que se encuentra en el margen superior izquierdo. Como consecuencia, se abrirá una nueva pantalla donde hay que seleccionar nombre y los siguientes campos:

  1. Organismo: AFIP.
  2. Formulario: F746/A - Devoluciones y transferencias.
  3. Período Fiscal: indicar el período por el cual se solicita la devolución, con el formato AAAAMM.
  4. Por último, seleccionar la opción “Aceptar”.

 

Fuente: (Pablo Carballido)

 

¿Y a partir de ahí?

Después de introducir todos estos datos, el sistema desplegará el detalle de percepciones registradas en “Mis Retenciones” para el periodo seleccionado y se deberá tildar cuáles son las que se pretenden tramitar para la devolución. En caso de que existan percepciones no registradas en el sistema, se podrán agregar. Para ello, se deberá informar el origen, la tarjeta, la fecha de pago y el monto de la percepción.

Cuando se realice la carga de datos, se grabará la información y se seleccionará la opción “presentar”. Al aceptar, se desplegará el ticket de confirmación. En caso de querer seguir el procedimiento, se deberá ingresar a “Mis Aplicaciones Web”: allí se visualizará la pantalla de ingreso al servicio.

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