NEUQUÉN CAPITAL

El TSJ dio luz verde a la enmienda de la Carta Orgánica municipal y su aprobación por referendo

Por unanimidad, el Tribunal desestimó la acción de inconstitucionalidad contra la la ordenanza 14205 del Concejo Deliberante de Neuquén, presentada por once ciudadanos.
miércoles, 21 de septiembre de 2022 · 20:20

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén desestimó, por unanimidad, la acción de inconstitucionalidad contra la ordenanza 14205 del Concejo Deliberante de Neuquén, que dispuso la enmienda de la Carta Orgánica municipal y facultó al Gobierno municipal a convocar a un referéndum popular para su aprobación y entrada en vigencia.

Germán Busamia, vocal del TSJ, explicó que el recurso fue planteado por once ciudadanos de la ciudad de Neuquén, para quienes “la decisión de avanzar en las modificaciones por el formato de enmienda del artículo 175 de la Carta Orgánica municipal era incorrecta por la cantidad de artículos y la profundidad de los temas” y que lo que correspondía era realizar una reforma “bajo el formato de Convención Municipal Constituyente”.

Germán Busamia, vocal del Tribunal Superior de Justicia. Fuente: (Poder Judicial de Neuquén)

Debido a que la acción se interpuso en un formato de acción especial, “que implica la necesidad de pronunciarse el Tribunal en pleno”, todos los vocales del TSJ debieron confrontar la actuación del Concejo Deliberante y de la Municipalidad de Neuquén capital con el artículo 276 de la Constitución Provincial, “que establece la forma en que las cartas orgánicas municipales se pueden modificar”.

Tras revisar los conceptos de enmienda y de reforma que tiene la Constitución provincial, así como los antecedentes del propio TSJ ante planteos similares, concluyeron que la enmienda con posterior convalidación por referéndum popular, aprobada por el Concejo Deliberante, “no infraccionaba ni el 276 de la Constitución provincial ni el esquema constitucional provincial”. Tampoco infringe el esquema de modificación que la propia Carta Orgánica municipal establece.

El Concejo Deliberante de Neuquén capital dispuso la enmienda de la Carta Orgánica municipal.

El fallo expresa que los Municipios son soberanos para establecer los sistemas de gobierno y elección de autoridades y que, dado que no se había demostrado que los cambios al texto constitucional de la Municipalidad de Neuquén alteren su espíritu (artículo 175 de la Carta Orgánica municipal), corresponde rechazar la acción de inconstitucionalidad intentada.

Para el TSJ, las modificaciones introducidas al texto de la Carta Orgánica municipal no suponen una vulneración del principio republicano de gobierno ni del sistema democrático vigente.